RD 164/2025: Nuevo reglamento de seguridad contra incendios en España
Nos encontramos ante un punto de inflexión. El Real Decreto 164/2025 no es simplemente una actualización normativa: es una declaración de principios. El fuego, ese enemigo silencioso que devora sin pedir permiso, exige respuestas firmes, eficaces y adaptadas a un contexto urbano e industrial que ha cambiado radicalmente en los últimos años.
Este nuevo reglamento llega para poner orden, exigir rigor técnico y, sobre todo, proteger la vida y el patrimonio. Y lo hace reforzando, como nunca antes, la necesidad de implantar y mantener en condiciones óptimas tanto la protección activa (extintores, BIEs, rociadores, etc.) como la protección pasiva (ignifugaciones, compartimentación, detección de humos…).
Un reglamento con vocación de blindaje integral contra el fuego
El RD 164/2025 deroga y sustituye al anterior RIPCI (Real Decreto 513/2017) y amplía considerablemente su alcance. Su objetivo es claro: asegurar que todo establecimiento —desde una panadería en el centro hasta una nave logística en las afueras— cuente con medidas que no solo prevengan el incendio, sino que permitan detectarlo precozmente y actuar con contundencia.
Desde ya, la instalación y mantenimiento de extintores deja de ser un gesto simbólico. Pasa a ser un compromiso con la seguridad que, en muchos casos, será clave incluso para tramitar una licencia de apertura.
Y es que no tener al día los elementos de protección puede implicar multas de hasta 30.000 euros y el cierre cautelar de la actividad.
El protagonismo incuestionable del extintor ABC
Entre los muchos cambios que impone el RD 164/2025, destaca el papel clave del extintor de polvo ABC. Este modelo polivalente —capaz de actuar sobre fuegos sólidos, líquidos y gaseosos— será obligatorio en la mayoría de los espacios de uso público, oficinas, comunidades de vecinos y pequeños comercios. No solo por su versatilidad, sino por su eficacia probada y rápida capacidad de respuesta.
De hecho, el texto normativo detalla que deberá instalarse un extintor ABC cada 15 metros de recorrido en zonas comunes. Además, deberán ir identificados mediante código QR para permitir su trazabilidad digital.
Para quienes aún no se han equipado, es el momento de comprar extintor abc y cumplir con lo estipulado por la ley.
Más que un requisito: la eficacia real del extintor ABC de 6 kg
Uno de los aspectos mejor valorados por los técnicos de seguridad es la elevada eficiencia del extintor ABC de 6 kg, especialmente cuando hablamos de pequeñas y medianas instalaciones. La nueva normativa lo ratifica: este modelo será de uso generalizado en casi todos los establecimientos no residenciales.
No solo es efectivo, también es fácilmente manejable, lo que lo convierte en la primera línea de defensa en caso de incendio incipiente. Para los negocios que quieran asegurarse de que cumplen con lo estipulado en el RD 164/2025, recomendamos verificar la eficacia extintor abc 6 kg antes de comprar.
La normativa se cuela también en el ámbito turístico
Con el auge del alquiler vacacional, el RD 164/2025 también pone el foco sobre las viviendas turísticas. Ya no basta con entregar las llaves y desear buen viaje. Estas propiedades, si son explotadas comercialmente, deberán contar con extintor homologado, señalización de emergencia y revisión periódica documentada.
Los propietarios que deseen obtener o renovar una licencia turística deberán asegurarse de cumplir con todos los puntos de este nuevo reglamento. Para ello, recomendamos informarse sobre el tipo de extintor para vivienda turistica exigido en su comunidad autónoma.
Protección activa: no basta con tener extintores
La normativa deja claro que la protección activa contra incendios no es una cuestión de decoración. Todo sistema deberá estar operativo, actualizado y auditado. Esto incluye:
- BIEs de 25 y 45 mm, con válvulas manuales visibles y prueba de presión cada 3 años.
- Detectores óptico-térmicos obligatorios en edificios de más de 4 plantas.
- Sistemas de extinción automática en cocinas industriales según norma UNE EN 16282-7:2024.
Además, todos los dispositivos deben contar con trazabilidad digital, lo que implica la integración de códigos QR o chips NFC que permitan a técnicos, aseguradoras y autoridades consultar el historial de mantenimiento en tiempo real.
Protección pasiva: la gran olvidada, ahora obligatoria
Ignifugaciones, sellados intumescentes, compartimentaciones resistentes al fuego… El nuevo RD 164/2025 hace hincapié en que la prevención comienza mucho antes de que se declare un incendio. Por eso, establece como obligatoria la acreditación de medidas pasivas según el tipo de actividad y el volumen construido.
En locales comerciales, por ejemplo, será necesario presentar certificados de ignifugación de techos y paredes si se quiere acceder a una licencia de actividad. En naves industriales, se exigirá informe técnico actualizado de compartimentación y resistencia estructural frente al fuego.
Revisión, mantenimiento e inspecciones: sin excusas
El RD 164/2025 impone un calendario estricto de mantenimiento periódico obligatorio. Estas son las frecuencias mínimas:
| Equipo | Revisión mínima |
|---|---|
| Extintores | 1 vez al año por técnico competente |
| BIEs | Visual semestral / Funcional anual |
| Detectores y alarmas | Prueba manual trimestral |
| Extinción automática | Anual (sensores, presión y boquillas) |
| Señalización | Trimestral (visibilidad y luminiscencia) |
Además, se establece la obligatoriedad de una inspección externa cada 5 años en todos los edificios de uso colectivo. Estas revisiones serán realizadas por Organismos de Control Autorizados (OCAs), y su coste deberá ser asumido por el titular de la instalación.
Adaptarse ya no es opcional
El RD 164/2025 marca un camino claro: quien no cumpla, pagará las consecuencias. Pero quien sí lo haga, además de evitar sanciones, podrá operar con tranquilidad, tramitar licencias sin obstáculos y ofrecer a empleados, clientes y usuarios un entorno verdaderamente seguro.
Porque cuando hablamos de incendios, no hay margen para la improvisación. Solo para la prevención, la responsabilidad y el cumplimiento normativo.

